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Conocé las Coberturas del Seguro:
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¿Qué riesgos incluye esta cobertura?
Los daños que pudieran causar a su vivienda y al mobiliario, el fuego o el humo por incendio, rayo o explosión. La reparación de los daños causados por el humo y los que pudiesen producirse a consecuencia de los trabajos de los bomberos para extinguir el fuego (Ej.: una pared que debe ser demolida, el tapizado de un sillón arruinado por el agua, etc.). Los daños causados por el impacto de un auto (o cualquier vehículo terrestre) contra la vivienda, o hasta el que pudiera causar la caída de un avión. Los daños materiales que pudiese ocasionar a la vivienda una huelga, lock out, tumulto popular, o bien, un hecho vandálico o de malevolencia siempre que no formen parte de hechos de guerra (civil o internacional).
Modalidad de la cobertura de incendio mobiliario: Primer riesgo absoluto.
Modalidad de la cobertura de incendio edificio: Prórrata.
Valor de reposición: en caso de siniestro el asegurado recibirá el valor a nuevo de los bienes hasta el límite de la suma asegurada.
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¿Qué riesgos incluye esta cobertura?
Los daños producidos a terceros (*) a causa de la vida privada del Asegurado, ya sean producidos por él, su cónyuge, sus hijos y/o sus descendientes, el uso y manejo de botes de remo y bicicletas, las piletas de natación, el suministro de alimentos y los animales domésticos (en este último caso, no están incluidas las enfermedades que los mismos pudieran transmitir). Los daños que, como consecuencia de un incendio o explosión en su vivienda, pudiera causar a las propiedades linderas.
(*) A los efectos de este seguro no se consideran terceros:
a) El cónyuge y los parientes del asegurado hasta tercer grado de consanguinidad
b) Las personas en relación de dependencia laboral con el asegurado en tanto el evento se produzca en oportunidad y con motivo de trabajo
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¿Qué riesgos incluye esta cobertura?
La acción directa del agua sobre el mobiliario a causa de filtración, derrame o escape, como consecuencia de la rotura, obstrucción o deficiencia en la instalación destinada a contenerla.
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¿Qué riesgos incluye esta cobertura?
Los gastos necesarios (ej.: Hoteles) en que incurra el Asegurado para continuar su vida normal, después de un siniestro de incendio, hasta el 10% de la suma asegurada para Incendio Edificio.
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¿Qué riesgos incluye esta cobertura?
Los gastos de limpieza y/o remoción de escombros en que incurra el Asegurado, después de un siniestro de incendio, hasta el 5% de la suma asegurada para Incendio Edificio.
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¿Qué riesgos incluye esta cobertura?
Los daños que pudiesen causar los ladrones al ingresar a la vivienda del Asegurado o al intentarlo hasta el 2% de la suma asegurada de incendio con una franquicia de $100.- por evento.
Ej.: una puerta destrozada, la cerradura violada, etc.
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¿Qué riesgos incluye esta cobertura?
La pérdida de los bienes contenidos en la propiedad, como consecuencia de un robo o hurto, siempre y cuando pertenezcan al Asegurado, sus familiares, sus huéspedes o su servicio doméstico. El hurto de los bienes, es decir, la sustracción de los mismos sin violencia o intimidación en las cosas o las personas. Los actos de infidelidad cometidos por el personal doméstico.
Se cubren de forma limitada:
- a) La maquinas fotográficas, relojes pulsera, filmadoras, proyectores, grabadores, y aparatos electrónicos en general, instrumentos científicos, de precisión, musicales o de ópticas, joyas, objetos de arte y pieles.
- b) Los bienes que se encuentren en una edificación apartada de la vivienda principal y siempre que dicha construcción tenga las mismas medidas de seguridad que la casa principal.
- c) El robo de dinero en efectivo.
IMPORTANTE: En los objetos electrónicos o electrodomésticos (Ej.: heladeras, lavarropas, hornos microondas, etc.), se efectuará la depreciación correspondiente en el valor, de acuerdo al uso o antigüedad de los mismos en el momento del siniestro. (*)
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¿Qué riesgos incluye esta cobertura?
La pérdida o daño a estos bienes por un robo, hurto, incendio o accidente (rotura, golpes, caídas, etc.), dentro del domicilio asegurado.
IMPORTANTE: En caso de robo de un televisor, equipo de audio, videocassetera o computadora, la Compañía indemnizará por el valor de reposición a nuevo del mismo bien, o en su defecto de aquel que ofrezca el mismo nivel de prestaciones. (*)
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- Granizo
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- ¿Qué riesgos incluye esta cobertura?
Los reclamos de su personal doméstico, de jardinería y pileteros por los accidentes sufridos durante el trabajo, que pudieran causarle una lesión permanente, total o parcial, o la muerte. Límite de indemnización: El Asegurador no quedará obligado en ningún caso a abonar por todo concepto una suma mayor en pesos equivalente al tiempo del accidente a
$ 110.000.- por cada dependiente muerto o lesionado.
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Coberturas Adicionales Sin Costo.
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¿Qué riesgos incluye esta cobertura?
Las rajaduras o roturas, sufridos por todos los cristales de su casa que están colocados en posición vertical (por ejemplo: vidrios de puertas, ventanas y espejos). Límite de cobertura: $ 200.-
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¿Qué riesgos incluye esta cobertura?
Brindis por Hoyo en Uno, hasta el 70% de la suma asegurada. Responsabilidad Civil por la práctica de Golf hasta $ 5.000.-
Daños o pérdidas por cualquier causa no excluida expresamente. Límite de cobertura: $ 1.500.- Franquicia: $100.-
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¿Qué riesgos incluye esta cobertura?
Las pérdidas o deterioros de alimentos depositados en heladeras, freezer o aparatos congeladores de uso doméstico, causados por la paralización de éstos, a consecuencia de falta de suministro de energía eléctrica por más de doce (12) horas consecutivas. Límite de cobertura: $ 250.- por un año de vigencia de póliza.
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Extensión de Cobertura para vivienda de verano
- ¿Qué riesgos incluye esta cobertura?
Cubre la vivienda que usted alquile durante las vacaciones con los mismos límites y condiciones que la vivienda permanente. La cobertura se extiende por un plazo máximo de 45 días corridos y para viviendas que se alquilen dentro del ámbito de la República Argentina.
La vivienda debe cumplir con las mismas medidas de seguridad que la vivienda permanente.
- Modalidad de la cobertura: Primer Riesgo Absoluto
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- No se incluyen Servi-Hogar LBA.
- Las viviendas de veraneo o fin de semana que sean propiedad del asegurado o aquellas cuyo uso, por parte del asegurado, no derive de un caso de contrato de locación.
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- Vicio propio de la cosa objeto del seguro
- Terrorismo
- Guerra
- Guerra Civil
- Rebelión
- Insurrección o revolución
- Conmoción civil
- Transmutaciones Nucleares
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Las condiciones de seguridad mínimas que se deben cumplir para que su seguro tenga validez son:
- La vivienda debe ser de carácter permanente o estar ubicada dentro de un barrio privado que cuente con acceso cerrado y vigilancia armada permanente.
- La vivienda no debe lindar con terrenos baldíos o viviendas deshabitadas.
- Las paredes exteriores deben ser de ladrillo y/o material (mezcla de cemento, cal y arena).
- Los techos deben ser firmes (losa, cemento, tejas o con cielo raso si es de chapa o fibrocemento).
- Ventanas y/o claraboyas protegidas por rejas o postigones de madera con trabas o alarma o persianas (no cortinas de enrollar de madera o plástico).
- Las puertas exteriores de calle, patios, corredores, terrazas y/o jardines, deben ser totalmente de madera, hierro o poseer barrotes o rejas.
- Las puertas mencionadas en el punto anterior deben poseer cerraduras doble paleta (tipo trabex) o combinación.
En caso de producirse un siniestro debido a la inexistencia de alguna de las medidas de seguridad exigidas, la Compa ñía podrá rechazarlo, quedando liberada totalmente de la indemnización.
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